La Cámara Argentina de Empresas Mineras respaldó en Diputados la idea de incorporar expresamente las tierras raras como minerales de primera categoría, pero advirtió que el cambio jurídico no provocará por sí solo una ola de inversiones. Tres proyectos legislativos buscan resolver la actual ambigüedad del Código de Minería.
Según la cobertura de Mining Press, el representante de CAEM Leonardo Rodríguez sostuvo que una modificación directa del Código daría mayor claridad que una ley especial. También consideró redundante mencionar las tierras raras dentro del RIGI, porque el régimen ya incluye al sector minero y su plazo de adhesión vence en julio de 2027.
El expositor cuestionó además la declaración de “interés nacional estratégico” propuesta en una de las iniciativas: el concepto no está definido en el derecho minero y podría abrir tensiones con el dominio originario de los recursos que la Constitución reconoce a las provincias. El debate afecta de manera directa a jurisdicciones con potencial exploratorio, incluida San Juan.
Despejar una duda normativa es útil, pero no reemplaza geología pública, exploración, infraestructura, evaluación ambiental y reglas estables. El Congreso debería evitar promesas automáticas de capital y explicar qué régimen quedará después del RIGI, además de fijar cómo se coordinarán Nación y provincias sin debilitar controles ni licencias sociales.